El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó al Banco Falabella con una multa S/.266,000 (70 UIT) por negarse a otorgar unatarjeta de crédito a una persona con discapacidad.
Según precisó la institución, dicha entidad financiera carece de protocolo para atender solicitudes de crédito de personas con discapacidad, en dos de sus sucursales.
La Comisión de Protección al Consumidor N° 1 halló responsable al Banco Falabella porque con estas acciones incurrió en prácticas discriminatorias, pues negó, en dos oportunidades, la contratación de una tarjeta de crédito a un cliente, quien por su discapacidad no podía firmar los documentos.
Se verificó, además, que en las sucursales de Banco Falabella ubicadas en el Cercado de Lima y en el distrito de Surquillo, el personal a cargo infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Además de la multa impuesta, la Comisión ordenó al banco que cumpla con medidas como publicar en su página web y en un lugar visible de todas sus agencias y sucursales, un aviso con el siguiente texto:
“Banco Falabella Perú informa al público en general que en este establecimiento se encuentran prohibidas todas las prácticas discriminatorias a consumidores por cualquier motivo, incluyendo distinciones injustificadas por origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica, opción sexual, discapacidad o cualquier otro motivo”.
Asimismo, ordenó capacitar a todo su personal para que eviten conductas discriminatorias similares a la verificada en el presente procedimiento, debiendo acreditar dicha capacitación ante el Indecopi, y abstenerse de realizar prácticas discriminatorias de cualquier índole que impliquen una vulneración a los derechos de los consumidores.
Banco Falabella apeló la resolución emitida por la Comisión de Protección al Consumidor Nº 1 y actualmente el caso se encuentra en trámite ante la Sala Especializada de Protección al Consumidor el Tribunal del Indecopi.
Indecopi agregó que mediante una medida cautelar, presentada ante la Sala Especializada de Protección al Consumidor, dicha empresa intentó impedir que se difunda esta resolución de sanción.
Sin embargo, la Sala declaró improcedente dicha solicitud, en la medida que no buscaba asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva que emitirá la autoridad, requisito indispensable en una medida cautelar.
FALABELLA RESPONDE
Voceros del Banco Falabella indicaron a Perú21 que la empresa sí cuenta con un protocolo interno sobre la atención a personas con discapacidad, tal y como lo reconoce el comunicado del caso, difundido por Indecopi.
De acuerdo con la entidad financiera, en esta oportunidad, hubo error de un trabajador, el cual –aseguran los representantes- sí dio las disculpas del caso al afectado.
Reiteraron que han apelado la sanción y esperan que el tribunal que verá el caso, esta vez les dé la razón. “Fue una omisión de un empleado, no una práctica discriminatoria del banco”, aseguraron.