El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), sancionó a la tienda por departamentos Ripley S.A., por dejar al alcance del público botellas de gaseosa que contenían lejía y productos desinfectantes utilizados para la limpieza del local.
La sanción, impuesta por la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi, estableció una multa de S/.37,000, es decir 10 Unidades Impositivas Tributarias, para la citada empresa luego de acreditarse, mediante fotografías y a través del Libro de Reclamaciones, la denuncia hecha por una cliente, cuyo menor hijo se manchó el pantalón con lejía proveniente de tres botellas de gaseosa que además de lejía, contenían líquido limpiador y agua.
Si bien la citada tienda, que en su descargo presentó el manual de procedimientos internos para el manejo de productos de limpieza, que establece directrices para el almacenamiento y uso de los mismos, la Sala determinó que la existencia de ese documento por sí solo no permitía afirmar que, en este caso en particular, el personal que brinda el servicio hubiera seguido tales directivas.
La inmediatez con la que se interpuso el reclamo en el Libro de Reclamaciones del proveedor, así como las fotografías presentadas por la denunciante y el hecho de que el menor se había manchado el pantalón con lejía (con el riesgo de que hubiera ingerido el líquido) permitió a la Sala determinar la falta de idoneidad en la prestación del servicio y la consiguiente infracción de los artículos 18 y 19 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.
El artículo 18 precisa que la falta de idoneidad se produce cuando se genera una situación de insatisfacción de parte del consumidor y, por ende, una defraudación de sus legítimas expectativas.
El artículo 19 (obligación de los proveedores) establece un supuesto de responsabilidad, conforme al cual los proveedores son responsables por la calidad e idoneidad de los productos que ofrecen en el mercado.
En ese sentido, y en salvaguarda, de los derechos de los consumidores, la Sala del Indecopi dispuso sancionar a tiendas Ripley con una multa de 10 UITs, así como las costas y costos del procedimiento.