Dictan normas de «tolerancia cero» a sicariato juvenil  

La referida norma modifica diversos artículos del Código Penal, Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal, Código de los Niños y Adolescentes, y crea Registros y Protocolos con la finalidad de combatir la inseguridad ciudadana en el país.

 

La ley establece el castigo drástico a los ‘sicarios’, y otros delincuentes que, amparándose en su relativa edad (18 a 21 años) en la actualidad son sujeto de beneficios en la aplicación de la pena. Con la nueva Ley, estos tendrán las mismas sanciones.

 

Esta norma resulta trascendental, pues forma parte de los 21 proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo para fortalecer la seguridad ciudadana en el país.

 

La citada norma, establece que las infracciones menores como el robo de un celular serán sancionadas como delito y no como faltas, en los casos de reincidentes o habituales.

 

También se sancionan las nuevas modalidades del delito de marcaje, como el acopio o entrega de información, vigilancia o seguimiento o colaboración mediante el uso de armas, vehículos, teléfonos entre otros medios.

 

Asimismo, el delito se agrava cuando el sujeto es servidor o funcionario público, o con vínculo laboral con la víctima o trabaje en empresas del sistema financiero, entre otros.

 

La referida ley, fortalece el rol de la Policía Nacional del Perú (PNP) en la persecución del delito, mediante un conjunto de reformas en la fase de investigación, para fortalecer la acción conjunta con los fiscales.

 

Otro aspecto relevante, son las nuevas modalidades en materia de inhabilitación contra quienes cometan crímenes.

 

De esta manera, se declara la incapacidad definitiva para obtener licencia de conducir cualquier tipo de vehículo o para portar armas de fuego, la restricción de elección del derecho de residencia o de aproximarse o comunicarse con las víctimas o de visitar internos en penales.

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